sábado, 19 de diciembre de 2015

SAP Class Builder. Definición de clases con ABAP Orientado a Objetos (OO)

Como ya sabéis ABAP permite programar siguiendo el paradigma de la orientación a objetos. Vamos a poder definir clases que nos permitan construir aplicaciones mas robustas y complejas. Quien a trabajado con SAP sabe que muchas transacciones siguen el paradigma de programación estructurada, pero bien es cierto que ABAP nos da la posibilidad de desarrollar nuestras aplicaciones a medida utilizando la orientación a objetos.

SAP nos proporciona la transacción SE24 (Generador de clases) para poder definir y tratar nuestras propias clases (O las estándar que por supuesto también las hay). Si ejecutamos y visualizamos una clase cualquiera veremos algo similar a lo que se muestra en la siguiente imagen.


Lo que vemos es un pantalla donde tenemos diferentes pestañas que contienen toda funcionalidad de la clase (Métodos, Atributos, Eventos, etc.). En el ejemplo que estamos viendo vemos que contamos con tres métodos. Para navegas al código fuente de alguno de ellos solo tenemos que hacer doble clic sobre el. EL resultado lo vemos en la siguiente imagen.


Aquí podremos escribir nuestro propio código que después utilizaremos en nuestros programas. Si en algun momento quisieramos utilizar esta clase en uno de nuestros progrmas tendriamos que hacierlo de la siguiente forma:

  1. Primero definimos un objeto que haga referencia a nuestra clase.

    DATA: p_objeto TYPE REF TO ZCL_TEST.
  2. Llamamos a uno de los métodos que tenemos definidos en la clase para que ejecute su lógica.

    p_objeto->METHOD2.
Es un ejemplo básico y muy sencillo, la cosa se puede ir complicando mas. Seguiremos hablando de este tema en próximos post.



jueves, 17 de diciembre de 2015

SII - Sistema Inmediato de Información

Tras un tiempo sin hacer ninguna publicación en el blog retomamos con un tema que seguramente ya ha empezado a dar algún quebradero de cabeza a las áreas de sistemas y financieras. Se trata de la nueva gestión del IVA que va a poner en marcha la agencia tributaria a partir del próximo 1 de enero de 2017. Este nuevo modelo ha sido bautizado con las siglas SII (Sistema Inmediato de Información).

1.1 ¿Qué es?

  • Nuevo sistema de gestión del IVA
  • Entrada en vigor el 01/01/2017 (Pte aprobación Consejo Estado).
  • Pruebas piloto en 2016 con varias empresas (Principalmente Repsol). Puede que en el T4 de 2016 esté operativo para que las empresas inicien su adaptación.
  • Se trata de un proyecto que supondrá la llevanza de los libros registro a través de la Sede electrónica de la AEAT.

1.2 ¿A quién afectará?

  • Grandes empresas : >6 Mn € de facturación
  • Empresas con devolución mensual de IVA.
  • Empresas que formen Grupo de IVA.
  • Será optativo para el resto de empresas pero no se pretende extender a pequeñas.

1.3 Aportaciones al contribuyente

  • Eliminación de modelos 347, 340 y 390.
  • Ampliación plazo autoliquidaciones: 30 días siguientes a cierre mes/trimestre.
  • Facilitará la reducción de errores en las declaraciones: la AEAT ofrecerá información del IVA repercutido y soportado por la empresa contrastado por clientes y proveedores (a partir de la información enviada por estos).

1.4 Nuevas obligaciones 

  • Llevanza de los libros registro actuales a través de la sede de la AEAT mediante suministro electrónico de los registros de facturación. Libros registro obligatorios:
    • Facturas recibidas (diario)
    • Facturas emitidas (diario)
    • Bienes de inversión (anual)
    • De importes en metálico (anual)
    • Otras operaciones intracomunitarias.
  • Facturas expedidas: envío (desde SAP) de la información que contiene en los 4 días naturales siguientes (excluyendo sábados, domingos y festivos nacionales).
  • Facturas recibidas: envío (desde SAP) de la información que contiene en los 4 días siguientes a la contabilización de la factura. Si se desea deducir el IVA, como máximo podrá enviarse el día 16 del mes siguiente.
  • Facturas de importaciones/exportaciones: envío en los 4 días siguientes desde la fecha de admisión del documento de aduanas.
  • Mayor control tributario sobre tiques: elimina la posibilidad de realizar asientos resúmenes en caso de tiques/facturas simplificadas. Al igual que con facturas, pasa a ser obligatorio el suministro de información individualizada de cada tique.
  • Proveedores con IVA diferido: en ese caso se debe comunicar a la AEAT los pagos diariamente.

1.5 Implicaciones

  • Actualizaciones en los Sistemas que seguramente afectará a los procesos actuales de negocio:
    • Envío inmediato de la información mediante web service de AEAT desde el propio sistema de información.
    • A través de un formulario web en casos en que se realicen pocas operaciones.
  • Existirán “Libros registro declarados” y “Libros registro contrastados”, que habrá que consultar antes de realizar las declaraciones.
  • El IVA soportado y repercutido que se declare se deberá contrastar con el informado por los proveedores/clientes desde sus sistemas de información (“Libro registro contrastado”)
  • Mayor transparencia con la Administración.


Integración SAP

Cuando hablamos de SAP como sistema integrado que cubre toda la casuística de nuestro negocio estamos siendo bastante osados. Casi cualquier...